Con más frecuencia de lo que cabría esperar, algunas personas llenan la aplicación de la ciudadanía, pagan las cuotas y estudian para el examen solo para descubrir que ya son ciudadanos de los Estados Unidos. Para ayudar aclarar cualquier confusión, revisaremos las maneras básicas por medio de cuales las personas se convierten en ciudadanos estadounidenses.
Ciudadanía Adquirida
Todos los nacidos en los Estados Unidos son ciudadanos de los Estados Unidos. La ciudadanía estadounidense que usted obtiene el dia que nace se llama ciudadanía adquirida. Pero algunas personas nacidas fuera de los Estados Unidos también son ciudadanos estadounidenses si tienen al menos un padre ciudadano estadounidense. Usted podría tener técnicamente la ciudadanía estadounidense, pero eso no significa que Inmigración le notificara o le enviará un certificado de ciudadanía. Usted debe que averiguarlo por sí mismo/a y luego solicitar un certificado de la ciudadanía.
Las reglas de ciudadanía adquirida cambian dependiendo de:
- El año en que nació;
- Si sus padres estaban casados el dia que nacio;
- Si no estaban casados, si usted está reclamando la ciudadanía a través de su padre o su madre.
La forma más fácil de determinar si usted ha adquirido la ciudadanía o no es mirar los gráficos de Adquisición y Derivación del Centro de Recursos Legales para Inmigrantes. ¡Recuerde de buscar la ley el dia que nacio! Ademas, asegúrese de buscar el gráfico adecuado. Hay uno para reclamar la ciudadanía a través de los padres casados y uno separado para reclamar la ciudadanía a través de una madre o padre soltera/o. Los gráficos son largos y confusos, por lo que definitivamente usted querrá hablar con un buen abogado de inmigración antes de reclamar la ciudadanía. Pero esto debería al menos darle una idea sobre si usted sí podría o no ser un ciudadano/a.
Recurso: https://www.ilrc.org/acquisition-derivation-quick-reference-charts
Ciudadanía Derivada
La ciudadanía derivada ayuda a los residentes permanentes legales (LPRs, por sus siglas en inglés) que son menores de 18 años y tienen al menos un padre ciudadano estadounidense. En otras palabras, si usted es un residente permanente legal con menos de 18 años, y su padre o madre obtiene su ciudadanía, usted también puede obtener su ciudadanía al mismo tiempo.
Pero al igual que la ciudadanía adquirida, Inmigración no le notificará y no le enviará un certificado de ciudadanía por correo. Usted debe averiguarlo por sí mismo y luego pedir que se le dé un certificado de la ciudadanía.
Una vez que califique para la ciudadanía derivada, usted es automáticamente un ciudadano/a de los Estados Unidos y siempre lo será. Las personas comúnmente creen que se tiene que aplicar para una prueba de que usted es ciudadano de los EE.UU. antes de llegar a los 18 años. Esto no es cierto. Usted puede aplicar para recibir su certificado de la ciudadanía a cualquier edad. Sin embargo, usted debe haber cumplido con los requisitos para la ciudadanía derivada antes de cumplir 18 años.
Cambios Recientes de la Ciudadanía Derivada
En el 2001, la ley para la ciudadanía derivada cambió drásticamente. A partir del 27 de Febrero de 2001, para obtener la ciudadanía derivada de los Estados Unidos, el niño o niña debe:
- Tener al menos un padre, incluyendo padre adoptivo, que es ciudadano de los EE.UU. por nacimiento o a través de la naturalización;
- Ser menor de 18 años de edad;
- Ser un residente permanente legal (un LPR, por sus siglas en inglés); y
- Vivir en los Estados Unidos con la custodia legal y fiscal de un padre ciudadano estadounidense.
Para obtener la ciudadanía derivada de fuera de los Estados Unidos, el niño o niña debe;
- Tener al menos un padre, incluyendo padre adoptivo, que es ciudadano de los EE.UU. por nacimiento o a través de la naturalización;
- Ser menor de 18 años de edad;
- Vivir fuera de los Estados Unidos bajo la custodia legal y fiscal de un padre ciudadano de los EE.UU., o de una persona que no se oponga a la solicitud si el padre ciudadano estadounidense ha fallecido; Y
- Ser admitido legalmente, estar físicamente presente, y mantener un estatus legal en los Estados Unidos en el momento en que se aprueba la solicitud y el momento de la naturalización.
Además, el padre ciudadano estadounidense o el abuelo/a ciudadano estadounidense deben cumplir con ciertos requisitos de presencia física en los Estados Unidos o una poseción periférica. El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes hizo un grafico muy bueno que cubre tanto la ley vieja como la nueva para la ciudadanía derivada.
Ventajas de la Ciudadanía Derivada
La ciudadanía derivada puede ayudarle en dos casos importantes. En primer lugar, si usted tiene muchos niños que son residentes permanentes legales, todos obtendrán la ciudadanía cuando usted se convierta en ciudadano estadounidense. Usted no tendrá que preocuparse por las tarifas u obtener una exención de pago. Si ellos cumplen los requisitos cuando usted obtenga su ciudadanía, sus hijos pueden pedir que se les de sus certificados de la ciudadanía cuando necesiten.
En segundo lugar, si su hijo/a que es residente permanente legal está en riesgo de deportación, usted puede ayudarlos convirtiéndose en ciudadano/a de los EE.UU. Muchas veces, un niño se es puesto en riesgo de deportación debido a una condena penal. La cancelación de la deportación es una defensa común contra la deportación. Pero eso requeriría que su hijo demuestre un buen carácter moral, lo cual es bastante difícil de hacer con una condena penal. Sin embargo, si usted se convierte en ciudadano estadounidense antes de que su hijo/a quien es residente permanente legal cumpla sus 18 años, su hijo/a también se convierte en ciudadano/a. Esto protegerá a su hijo/a de la deportación.
Inmigración muchas veces se tardan con su aplicación de ciudadanía si es no quieren que su hijo obtenga la ciudadanía por medio de usted. Por lo tanto, es posible que necesite encontrar un buen abogado de inmigración que pueda presentar una acción de mandamus en la corte federal. Usted no podrá completar esto por sí mismo. Por ley, una acción de mandamus le obliga a Inmigración a tomar acción.
Recurso: https://www.ilrc.org/sites/default/files/resources/natz_chart-c-20181013.pdf
Aplicación de la Ciudadanía
Si usted no califica para la ciudadanía adquirida o derivada, usted puede aplicar para recibirla de otra manera. La ciudadanía tiene su propia lista de requisitos pero un buen abogado de inmigración puede ayudarle a través del proceso. Obtenga más información en nuestra página de Aplicación para la Ciudadanía.
Última actualización: 9-4-2019
La ley de inmigración siempre está cambiando. Haremos lo mejor para actualizar nuestro sitio de web, pero la información más reciente podría estar más fácilmente disponible en USCIS.gov. Estas páginas de web son escritas para ayudar a usted entender sus opciones legales, sin embargo, ninguna de la información publicado por Catholic Charities Milwaukee debe ser considerado como consejo legal. Si usted planea abrir su propio case de inmigración, contrate a un abogado de inmigración que lo consulte personalmente.